Tecnicrop Ibérica S.L.

Nuevo Reglamento Fertilizantes

Volver
Nuevo Reglamento Fertilizantes

Hasta ahora el Reglamento UE 2003/2003, ya derogado, únicamente regulaba la comercialización de fertilizantes inorgánicos, inhibidores y enmiendas en la Unión Europea, sin existir ninguna normativa relativa a los productos orgánicos u otros más novedosos como los bioestimulantes o aquellos basados en microorganismos. La única manera de comercializar estos productos, por tanto, era acogerse a las legislaciones nacionales de cada uno de los Estados miembros.

 

El pasado 16 de Julio entró en vigor oficialmente el Reglamento UE 2019/1009, publicado en 2019, el cual permitirá la libre circulación de fertilizantes dentro de la Unión Europea, en base a unos requisitos comunes de seguridad, calidad y etiquetado. Acogerse a dicho reglamento será opcional pero imprescindible para poder utilizar el marcado CE.

 

La principal novedad de esta nueva normativa es que por primera vez se incluye la definición y requisitos de los bioestimulantes, también pretende fomentar el uso de residuos y subproductos de otras industrias y del desarrollo e productos tecnológicos, en línea con las políticas europeas y nacionales que apuestan por la sostenibilidad, la protección del medioambiente, la economía circular y la reducción del uso de fitosanitarios. Los bioestimulantes, compuestos por sustancias de origen natural y sin residuos, actualmente se posicionan como la mejor alternativa del mercado para cumplir con los requisitos de sostenibilidad a la vez que se consiguen buenos rendimiento y calidad de frutos, que es el requisito buscado por los agricultores.

 

El enfoque de esta norma es diferente a otros reglamentos, clasificándose los productos según su función en 7 categorías:

 

  • CFP1: Abono o fertilizante (inorgánico, órgano-mineral y orgánico)
  • CFP2: Enmiendas caliza
  • CFP3: Enmiendas del suelo
  • CFP4: Sustratos de cultivo
  • CFP5: Inhibidores
  • CFP6: Bioestimulantes de plantas
  • CFP7: Mezcla de productos fertilizantes

 

Para su formulación solo podrán utilizarse los materiales componentes especificados en el Reglamento, tendrán unos requisitos concretos de etiquetado y finalmente deberán someterse a un proceso de evaluación de la conformidad que será más o menos estricto, dependiendo del riesgo del producto, con la que se pretende corroborar el cumplimiento de todas las exigencias del reglamento.

 

El nuevo Reglamento ya está en vigor, sin embargo, aún debe ir adaptándose a las necesidades del sector en ciertos aspectos, como la ampliación de la lista de microorganismos permitidos en la formulación, ya que actualmente solo están autorizados 4, mientras que las normativas nacionales permiten más tipos. También es necesaria la creación de organismos notificados (los encargados de evaluar la conformidad para otorgar el marcado CE), actualmente solo existen 5 en Europa y no hay ninguno en España. Esperamos que próximamente vaya adaptándose este reglamento a las necesidades de un sector que se encuentra en continuo cambio y en los últimos años ha evolucionado mucho.

 

Puede que también te interese:

 

Novedades Nuevo Reglamento sobre Producción Ecológica

Acciones y efectos de los bioestimulantes en las plantas.

Herramientas para el control alternativo de los cultivos

 

Sara Montoya Sanchez-Camacho
20 Julio 2022

¿Quieres saber más sobre alguno de nuestros productos?

Click aquí
Noticias relacionadas